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Soy el Dr. Rafael Ventura, de la Asociación Científica de Médicos Acupuntores "Huangdi" de Sevilla. Te escribo este mail, para solicitarte documentación relativa a Legislación francesa de la Acupuntura. Estamos actualmente en un periodo de elaboración de un dossier relativo a la Acupuntura (ejercicio profesional, legislación en Europa, etc) para presentarlo en el Parlamento de Andalucía, ya que se está en trámite de elaborar una Ley que regule el ejercicio de la Acupuntura en el Servicio Público de Salud en Andalucía. Por este motivo nos sería de gran utilidad si nos pudieras orientar sobre como está legislado el tema en Francia: ¿quien puede ejercer la acupuntura?, ¿está incluida en la Seguridad Social?. Y si pudiera ser, los textos legales.
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